El
pasado mes de diciembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos
emitió una resolución para supervisar medidas para investigar, juzgar y
sancionar a los responsables de las graves violaciones a los Derechos
Humanos cometidas durante la guerra en Guatemala.
La
Corte Interamericana de Derechos Humanos destaca en su resolución
diversos obstáculos estructurales respecto a las obligaciones del estado
para sancionar a los responsables, para ello la corte ordenó:
Que
el Ministerio de Defensa cese en su negativa de brindar información y
se abstenga a realizar actos que impliquen obstrucción.
Que
no se permita el uso dilatorio de los recursos judiciales que permitan
la impunidad, que como el día lunes durante la primera declaración del
caso por la desaparición de Marco Antonio Molina Theissen, la defensa de
los cuatro militares acusados intentaron dilatar el proceso al recurrir
el hecho que Emma Molina, madre de la víctimas, fuera representante en
la querella de su hijo desaparecido y su hija quien también figura como
victima del caso.
De izquierda a derecha, 4 militares acusados de la desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen
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La
Corte Interamericana de Derechos Humanos insiste que no se puede
recurrir a figuras como la amnistía, expresamente la Corte señala que no
es aplicable la Ley de Reconciliacion Nacional para los casos graves de
violaciones a los Derechos Humanos.
En
ese sentido las organizaciones de víctimas y sobrevivientes así como de
Derechos Humanos manifestaron hoy su preocupación por la acción
interpuesta por el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional contra
el articulo 8 de la Ley de Reconciliación Nacional, manifestaron: esta
acción es un desafío a la institucionalidad y estaría enviando un
mensaje claro sobre el ejercito como órgano beligerante para perpetuar
la impunidad.
finalmente
las organizaciones expresaron que las recientes capturas de alguna
manera contribuye para saldar la deuda histórica con los sobrevivientes
de la guerra y el genocidio en Guatemala
Yo estoy de acuerdo que se hagan esta clase de investigaciones. En lo que no estoy de acuerdo que se acuse y se pretenda juzgar en base a presunciones, el Derecho Penal es Objetivo, no subjetivo; las pruebas deben de ser contundentes donde no quepa duda. En el caso de los Oficiales que ayer fueron ligados a proceso se retorcio la ley. El MP fue incapaz de demostrar que los hechos que se les imputo realmente sucedieron y lo que es peor aún la resolución complaciente de una Juez, que por no querer exponerse a la critica de un grupo de europeos en su mayoría mujeres opto por lo más fácil, ligarlos a proceso.
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