Hoy en la Sala de Vistas de la Corte de Constitucionalidad se
llevó a cabo vista pública para que las partes del caso por genocidio plantearan
sus argumentos sobre la aplicación de la Ley de Reconciliación Nacional a los
delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad, los cuales se
establecen como NO AMNISTIADOS en el artículo 8 de la citada Ley.
A la audiencia se presentaron sobrevivientes del genocidio,
sus abogados y los abogados del general condenado por genocidio, José Efraín
Ríos Montt. Los argumentos vertidos por los querellantes y el Ministerio
Público, dejaron claro que los delitos de genocidio y lesa humanidad no pueden
ser amnistiados, no sólo porque lo establece el artículo 8 de la Ley de
Reconciliación Nacional, sino porque Guatemala ha ratificado convenios y
tratados internacionales en materia de justicia por dichos delitos.
Los argumentos presentados por la defensa fueron frívolos e
improcedentes ya que no tienen ningún fundamento jurídico, incluso plantearon
que este caso había polarizado al país. Al respecto el abogado Edgar Pérez
enfatizó en el derecho de las víctimas a la justicia y en la necesidad de ésta
para alcanzar la paz como una forma de fortalecer el estado de derecho.
Asimismo, se recordó a los magistrados las contradicciones que han tenido en sus
resoluciones, en especial el último fallo ilegal que contradijo lo que ellos
mismos habían ordenado anteriormente.
Se espera que la CC resuelva SIN LUGAR la apelación
presentada por Ríos Montt en torno a la amnistía y que su resolución sea apegada
a derecho y de manera pronta.
con información de CALDH
y fotografiá de este medio.
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